Modificación del Reglamento Interno General (RIG)

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Se modifican los artículos 19°, artículo 19° bis, artículo 20° y artículo 22°. Las presentes modificaciones entrarán en vigencia a partir del 01 de enero de 2018 a los fines que opere sobre las licencias ordinarias correspondientes al año 2017 y todas aquellas que a dicha fecha se encuentre pendiente de usufructo.

acrobat Acuerdo Plenario N° 4523/17