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RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 2701/05-DA

VISTO:

La necesidad de proceder a un ordenamiento y racionalización de las funciones mínimas que debe cumplimentar el personal de Maestranza y Servicios Generales del Poder Judicial, y

CONSIDERANDO:

Que la Planta de Personal de Servicios Generales se compone de mayordomos, encargadas de cafetería, de limpieza y choferes;

Por ello, el Superior Tribunal de Justicia, integrado con los Sres. Defensor y Procurador General;

RESUELVE:

1º) El encargado de Mayordomía, tendrá a su cargo la responsabilidad de:

a) Supervisar las tareas que desempeñe el personal que cumple tareas de ordenanza, limpieza y cafetería, en los dos turnos, vigilando el cumplimiento, por parte de éstos, de las órdenes que les hubieran sido impartidas.
b) Fijar un plan de trabajo diario o semanal, par la limpieza de los despachos, oficinas y pasillos, lavado y encerado de pisos limpieza de vidrios, aspirado de alfombras, limpieza y desinfección de baños, limpieza de vereda perimetral, retiro de residuos, etc.
c) Controlar el correcto funcionamiento, mantenimiento y conserva ción de calderas, calefones, equipos de calefacción/refrigeración, ventiladores, heladeras, electrodomésticos y elementos de limpieza de propiedad del Poder Judicial. Comunicando al Encargado de Mantenimiento o a la Dirección de Administración a través de las Delegaciones Contables cualquier deficiencia o rotura, a fines de contratar su reparación o la adquisición de un nuevo.
d) Verificar el correcto funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones telefónicas, eléctricas, sanitarias, de gas y cloacales, comunicando las necesidades de reparación.
e) Controlar el correcto funcionamiento de los artefactos de luz fluorescente y lámparas de luz instaladas en el edificio, procediendo a su recambio toda vez que fuera necesario.
f) Revisar el estado de puertas y ventanas del edificio, dando a aviso al Encargado de Mantenimiento en caso de roturas de vidrios, cerraduras, fallebas, herrajes, etc.
g) Verificar el estado de los elementos de seguridad, tales como mangueras de incendio, extinguidotes, luces de emergencia, etc.
h) En caso de licencia del personal de maestranza y servicios generales, deberá proponer los reemplazos que estime convenientes para el mejor cumplimiento de las tareas.
i) Fiscalizar al términos de cada jornada la tareas realizadas en horas de la tarde por el personal de limpieza. Las quejas y observaciones que pudieran suscitarse se volcarán a un "Libro de Ordenes de Servicios" que se encontrará en cada Mayordomía. Los reclamos de la Empresa se consignarán en otro registro denominado "Pedidos de Empresa".

2º) Las encargadas de cafetería, sin perjuicio de otras tareas que puedan asignársele, deberán:

a) Servir el refrigerio al personal, dentro de los horarios fijados, procediéndose luego a retirar la vajilla utilizada tal fin.
b) Lavar y secar la vajilla, repasadores, rejilla y demás útiles de cocina.
c) Mantener los artefactos y elementos de cocina en perfectas condiciones de limpieza.
d) Atender y satisfacer los requerimientos que formulen los Magistrados y Funcionarios responsables de las distintas áreas.
e) Solicitar el Encargado de Mayordomía, con la debida anticipación los útiles y elementos de limpieza.

3º) Los ordenanzas tendrán a su cargo las siguientes tareas:

a) Efectuar ante las reparticiones públicas, provinciales, municipales y/o nacionales, oficinas, empresas y comercios las diligencias de carácter oficial que se le soliciten.
b) Trasladar documentación entre las distintas dependencias del Poder Judicial, que tienen su asiento en la misma ciudad.
c) Atender y satisfacer los requerimientos que formulen los Magistrados y Funcionarios de las distintas áreas.

4º) Los choferes, sin perjuicio de otras tareas que puedan asignársele eventualmente, deberán:

a) Atender el mantenimiento y conservación de los vehículos del Poder Judicial. En vaso de ser necesaria la contratación de mano de obra especializada para la reparación del vehículo ser comunicará a la Delegación Contable a efectos de la contratación de los trabajos y/o adquisición de los repuestos y accesorios necesarios.
b) Proceder al lavado exterior y limpieza interior de los vehículos, cumpliendo todos los controles que exijan los manuales de funcionamiento, debiendo registrar los mismos en una ficha del automotor.
c) Trasladar a los Magistrados, Funcionarios y Empleados durante actos oficiales y comisiones de servicio.
d) Atender todos los pedidos que por vía jerárquica se le requieran, de traslado de documentación o bienes.

5º) Las encargadas de limpieza, que pertenezcan a la Plante Permanente del Poder Judicial, deberán en horario de tarde efectuar la limpieza del edificio que tengan asignado, de acuerdo con el plan de trabajo que a tal fin fije el Encargado de Mayordomía, debiendo comunicar al mismo tiempo, cualquier deficiencia o desperfecto que pudieran observar en el edificio, como así también solicitar con la debida antelación, la provisión de los elementos de limpieza correspondientes.

6º) El personal de Servicios Generales no podrá efectuar gestiones o diligencias de carácter particular que pudiere solicitarle el personal judicial. La transgresión de esta norma dará lugar a la aplicación de sanciones previstas en el Reglamento Interno General.

7º) Comuníquese a todos los organismos que tengan a su cargo personal de Maestranza y Servicios Generales y a todos los agentes que confirman dicho agrupamiento.

8º) Cumplido, archívese.

Fdo: Dres. Daniel Luis CANEO, José Luis PASUTTI y Fernando Salvador Luis ROYER.



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