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ACUERDO N° 2181/80


En la ciudad de Rawson, Capital de la Provincia del Chubut, a los catorce días del mes de Mayo del año mil novecientos ochenta, reunidos en acuerdo los señores Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Doctores Norberto Luis BIANCO y Efraín Francisco RANEA y señor Procurador General Doctor Jorge Raúl MONACO, encontrándose ausente el Señor Ministro Doctor Raúl Domingo SANGUINETI.

VISTO Y CONSIDERANDO:

La conveniencia de agilizar el trámite impuesto en la reglamentación para el funcionamiento del Archivo General de las Circunscripciones Judiciales de la Provincia, aprobado como Anexo de la Acordada N° 1491; y contemplar igualmente la ampliación del plazo establecido para la recepción de causas por parte del Archivo de la Circunscripción Judicial del Sud, previsto en el art. 2° del citado Anexo, hasta tanto se instale en su nueva ubicación; el Superior Tribunal de Justicia, en ejercicio de las facultades que le confieren los arts. 170 inc c) de la Constitución de la Provincia, arts. 78, 84 y 85 de la Ley 37 y 3 de la Ley 760,

ACUERDA:

1°) MODIFICAR el art. 7° del ANEXO de la Acordada N° 1491, Reglamentación del funcionamiento de los Archivos Generales, de las Circunscripciones Judiciales de la Provincia, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 7°) Previamente a la destrucción de los expedientes se labrará el acta correspondiente en un “Libro de Incineraciones” que llevará la dirección del archivo, sacándose copia de la misma para su elevación al Superior Tribunal de Justicia, donde serán archivadas en legajos separados. En el acta se hará constar la nómina de los expedientes incinerados, el día y la hora del acto, firmada por el jefe de archivo y el del organismo encargado de su supervisión. La destrucción de cada expediente se hará constar en la ficha pertinente. También, y con una anterioridad de quince (15) días, se hará conocer mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial durante cinco (5) días, a las autoridades de los distintos organismos históricos, jurídicos y económicos que en cumplimiento de normas generales vigentes serán destruidos expedientes judiciales, cuyas listas se encuentran a disposición en el organismo encargado del Archivo. Se exhibirán igualmente por el término de 5 (cinco) días edictos en los tableros de todos los organismos judiciales de la Circunscripción, y se efectuará una comunicación al Colegio de Abogados local. Si transcurridos quince (15) días desde la publicación edictal y comunicación al Colegio de Abogados, los organismos premencionados no hubiesen seleccionado los expedientes que se pretende reservar, se dispondrá la destrucción sin más trámite.”

2°) Disponer para la Circunscripción Judicial del Sud, con sede en Comodoro Rivadavia, la suspensión del plazo previsto en el art. 2° inc. a, hasta tanto se instale el Archivo en su nueva ubicación, lo que hará saber la Cámara de Apelaciones y del Trabajo en su oportunidad.

3°) Regístrese y Comuníquese.

Con lo que se dio por terminado el Acuerdo, firmando los Señores Ministros y Procurador General, del Superior Tribunal de Justicia, de conformidad, por ante mi que doy fe, con excepción del Señor Ministro Doctor Raúl Domingo SANGUINETTI, por encontrarse ausente.




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