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ACUERDO Nº 0028/07 - SALA PENAL


En la ciudad de Rawson, Capital de la Provincia del Chubut a los cinco días del mes de Enero del año dos mil siete, reunidos en Acuerdo la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia, bajo la presidencia de su titular Dr. Alejandro Javier PANIZZI y la asistencia del señores Ministros Dr. Juan Pedro CORTELEZZI y Dr. Daniel Luis CANEO -en su calidad de Ministro Subrogante por encontrarse en uso de licencia el Sr. Ministro Dr. Jorge PFLEGER.--

VISTO Y CONSIDERANDO

Que parte de la disposición contenida en el artículo 138 del Código de Procedimiento Penal (Ley N° 5478) ha generado dudas respecto de la tramitación de las causas durante el transcurso de esta feria.

Que teniendo en cuenta la drástica reducción de personal que se produce durante el mes en curso en todos los órganos que integran el Poder Judicial de la Provincia, y las particularidades propias de esta etapa de transición en curso, con la finalidad de resguardar el correcto y eficaz desempeño de los mismos, los plazos dispuestos en los artículos 269 y 282 del Código de Procedimiento Penal, por esta única vez correrán únicamente en aquellos casos en que se encuentren personas detenidas.

Por ello la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia:

ACUERDA

1º) LOS PLAZOS dispuestos en los artículos 269 y 282 del Código de Procedimiento Penal correrán únicamente en aquellos casos en que se encuentren personas detenidas.

2°) REGÍSTRESE y comuníquese.

No siendo para más se da por terminado el Acuerdo, firmando los Señores Ministros de la Sala Penal, por ante mí que doy fe.

Fdo. Dres. Alejandro Javier PANIZZI - Juan Pedro CORTELEZZI - Daniel Luis CANEO - Ante mí Dr. Juan L.C. GERBER -secretario-.



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