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ACUERDO Nº 0025/06 - SALA PENAL

En la ciudad de Rawson, Capital de la Provincia del Chubut, a los 21 días del mes de diciembre del año dos mil seis, reunida en Acuerdo la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia bajo la Presidencia de su titular Dr. Alejandro Javier PANIZZI y asistencia de los Dres. Juan Pedro CORTELEZZI y Jorge PFLEGER, y

VISTO y CONSIDERANDO

La necesidad de producir los ajustes necesarios con el objeto de favorecer la marcha del procedimiento instituido por la ley 5478, en esta etapa de transición, de conformidad a las facultades atribuidas a esta Sala por la ley 5519;

Por ello, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia

ACUERDA

1º) Sin perjuicio de la distribución de competencias dispuesta por acordada 008 del año en curso, y a partir del primero de febrero de 2007, los jueces que tienen a su cargo la sustanciación de causas regidas por el procedimiento dado por la ley 3155, integraran también el Colegio de Jueces, limitándose su actuación a las audiencias preliminares establecidas en el art. 295 C.P.P. CH. (Ley 5478).

Las Oficinas Judiciales de cada Circunscripción determinaran las causas en las que deberán intervenir, teniendo siempre en consideración la tarea que ya recae sobre ellos, con la finalidad de no dificultar o entorpecer su rol originario.

2º) Regístrese y comuníquese.

Con lo que se dio por finalizado el Acuerdo firmando los señores Ministros de la Sala Penal, por ante mi que doy fe.

Fdo: Dres. Alejandro Javier PANIZZI, Juan Pedro CORTELEZZI y Jorge PFLEGER. Secretario Dr. MAIDANA.



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