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ACUERDO N° 0019/06 - SALA PENAL


En la ciudad de Rawson, Capital de la Provincia del Chubut, a los 31 días del mes de octubre del año dos mil seis, reunido en acuerdo la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia, bajo la Presidencia de su titular Dr. Alejandro Javier PANIZZI y asistencia de los Sres. Ministros Dres. Juan Pedro CORTELEZZI y Jorge PFLEGER, y

CONSIDERANDO

Que corresponde ampliar el art. 3° de la acordada interpretativa número 0011/06.

Que se trata de reglas de organización que no desnaturalizan ni distorsionan el mandato del legislador sino que, en todo caso, lo hacen operable de modo eficaz asegurando la recta administración de justicia.

Por todo ello la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia

ACUERDA

Art 1ro.: En los supuestos consignados en los arts. 217, 20 y 120 del C.P.P.Ch, los Funcionarios de la policía o del Ministerio Fiscal comunicarán, de inmediato, la aprehensión de las personas al Juez que deba intervenir por medio de la Oficina Judicial pertinente, la que de modo célere asignará el caso al Magistrado que corresponda, a cuya disposición quedará el detenido, sólo en los casos en que al Titular de la acción penal pública le interese el mantenimiento de la detención en lo inmediato, pudiendo el Fiscal –en caso contrario- ordenar la libertad.

Art. 2do.: Regístrese y comuníquese.

Con lo que se dio por finalizado el acuerdo firmando los Sres. Ministros de la Sala Penal, por ante mi que doy fe.

Fdo: Dres. Alejandro Javier PANIZZI, Juan Pedro CORTELEZZI y Jorge PFLEGER. Secretario Dr. MAIDANA.



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