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ACUERDO Nº 0003/06 - SALA PENAL


En la ciudad de Rawson, Capital de la Provincia del Chubut, a los.22 días del mes de Mayo del año dos mil seis, reunida en Acuerdo la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia, bajo la Presidencia de su titular Dr. Alejandro Javier PANIZZI con la asistencia de los Sres. Ministros Dres. Juan Pedro CORTELEZZI y Jorge PFLEGER, y,

VISTO y CONSIDERANDO

Que en su petición el Señor Defensor General, Arnaldo Hugo BARONE, solicita a este Cuerpo disponga que las libertades ordenadas por los distintos tribunales sean materializadas desde la propia sede, prescindiendo de este modo el previo paso por la dependencia policial que corresponda.

Que tal requerimiento ha de ser receptado favorablemente ya que no existe razón alguna que avale o fundamente la demora en la recuperación de la libertad, en tanto y en cuanto el Tribunal que la disponga cuente con toda la información actualizada de los antecedentes de la persona a liberar a fin de evitar que se frustren órdenes de captura pendientes y dispuestas desde otros tribunales.

Que, por ello, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia;

ACUERDA

1°) Hacer saber a todos los Tribunales con competencia penal de la Provincia que las libertades dispuestas deberán ser efectivizadas desde la propia sede judicial, en la medida que se cuente con la totalidad de los antecedentes debidamente actualizados, y que de su constatación no surja impedimento alguno para la efectivización de la orden.

2º) Regístrese y comuníquese.

Con lo que se dio por finalizado el acuerdo, firmando los Señores Ministros de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia por ante mi que doy fe.

Fdo: Dres. Alejandro Javier PANIZZI, Juan Pedro CORTELEZZI y Jorge PFLEGER. Secretario Dr. MAIDANA.



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