RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 4188/07-SJ
Rawson, 07 de mayo 2007.-
VISTO
Las facultades reglamentarias que establece el art. 178 de la Constitución de la Provincia y art. 33 de la ley 37, y
CONSIDERANDO
La magnitud que ha tomado la información contenida en la página web del Poder Judicial, cuya organización se encuentra en manos de personal del área de Infraestructura y Logística de la Subsecretaría de Sistemas de Información y de la Subsecretaría de Documentación e Información Jurídica, todas dependientes de la Secretaría de Informática Jurídica.
La dinámica propia de la actividad de publicación de información de interés judicial y de interés de la ciudadanía en general.
La generación de este vínculo de Justicia Digital que implica una forma de comunicación propio del Sistema de Administración de Justicia, expansivo y generalizado, orientado a la consulta de información por los operadores jurídicos y por la ciudadanía en general, como así, que este concepto significa un importante valor agregado para la difusión de los actos de gobierno y de los servicios que aquél brinda.
La exigencia de control de calidad, exactitud, completividad y actualización de la información que en ella se expone.
La necesidad de publicación de información mediante herramientas generadoras de Justicia Digital trae aparejada responsabilidades en materia de fidelidad de la misma, por lo que se hace preciso establecer las competencias que facilitarán en buen y correcto funcionamiento de los procesos que llevan a la publicación y al cumplimiento con los parámetros de calidad.
Por ello, la Superintendencia Administrativa del Superior Tribunal de Justicia
RESUELVE
1º) Los organismos que remitan documentos para su publicación a la Secretaría de Informática Jurídica deberán hacerlo por mail firmado digitalmente a la siguiente dirección: webmaster@juschubut.gov.ar, previa constatación de la fidelidad, exactitud, completitud y actualidad del contenido.
2º) Los organismos del Poder Judicial que publican información en la página web institucional, deberán mantenerla actualizada, comunicando como se dispone en 1).
3º) El área responsable de mantenimiento de la página web, dependiente del Departamento Infraestructura y Operaciones, una vez recibida la información es responsable de y procede a, su publicación de manera inmediata de conformidad con lo solicitado por el organismo interesado. También es su deber proceder al mantenimiento y la actualización de los datos existentes con base en la previa información que remitan los organismos de acuerdo con lo establecido en 1 y 2.
4º) El área de mantenimiento de la página web, dependiente del Departamento Infraestructura y Operaciones es responsable del adecuado diseño y facilitación del acceso a la información que remitan los organismos integrantes del Poder Judicial.
5º) Regístrese y dése amplia difusión.
Fdo: Dres. Juan Pedro CORTELEZZI y Daniel Luis CANEO.
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